¿Está viviendo en España y no sabe exactamente cómo obtener asistencia sanitaria? Nuestros abogados de extranjería se lo explican.
Existen dos tipos de asistencia sanitaria: la privada y la pública. La primera no necesita que se cumpla ningún requisito, aunque evidentemente es más cara. La pública -Seguridad Social- tiene carácter gratuito, aunque en el caso de los extranjeros hará falta que se den una serie de circunstancias.
Los extranjeros que residan legalmente en España tienen derecho a la Seguridad Social en las mismas condiciones que los españoles. Por tanto, para estar en esta situación, hará falta que esté viviendo de manera regular en España (por ejemplo: porque tenga un visado de trabajo, porque haya venido mediante reagrupación familiar, etc).
En el caso de los extranjeros en situación irregular, hasta hace poco no era posible que accedieran a la asistencia sanitaria a menos que se encontraran en determinados casos, como accidentes, enfermedad grave, parto y postparto. Sin embargo, con la reforma actual, todos los extranjeros tendrán derecho a asistencia sanitaria, ya que se ha propuesto un Real Decreto para que todos los extranjeros estén cubiertos con independencia de su situación administrativa.
Para que usted pueda pedir la tarjeta sanitaria, es necesario estar emadronado y afiliarse al sistema de la Seguridad Social. Para ello será necesario ir a la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana a su domicilio, y también deberá ir a un Centro de Salud para que le asignen un médico.
Si tiene dificultades para hacer este trámite o necesita resolver alguna duda, le recomendamos que contacte con nuestro Despacho de Bilbao para estudiar su caso y orientarle de manera personalizada. Recuerde que si necesita ayuda con algún otro asunto (pasaporte, negligencias...), también le orientaremos. Para atenderle de manera más rápida, puede pedir cita previa llamando por teléfono o visitando nuestra web.